Editorial: ‘Las organizaciones profesionales de la Ingeniería’

 Aurelio Azaña. Decano del COIIAOc.

Ramón Gutiérrez

Las organizaciones profesionales de la Ingeniería son instituciones sin ánimo de lucro (unas veces de derecho público, otras de derecho privado) que velan por el desarrollo de las profesiones de la Ingeniería y de los ingenieros como colectivo. Muchas veces son esos grandes desconocidos sobre los que pesa la responsabilidad de mantener la identidad de profesiones reputadas que están al servicio de la sociedad, y es ahí donde radica la principal razón de la existencia de estas instituciones. Para intentar aclarar esa confusión que tenemos, editamos este ejemplar de la revista que pivotará en torno a las organizaciones profesionales de la Ingeniería.

Los colegios profesionales de la Ingeniería son instituciones que nacieron alentados por los propios gobiernos como organismos consultivos para aquellas cuestiones que a los propios gobernantes se les escapaban por la tecnificación intrínseca aparejada y para lo que necesitaban la concurrencia de expertos. También surgió, junto con el nacimiento de los propios colegios, la figura del visado de proyectos en las profesiones técnicas como un mecanismo de garantía de la buena praxis de la profesión de ingeniero. En efecto, en la época de aparición de los visados hubo una concatenación de desastres edificatorios e industriales que llevaron al gobierno a poner a alguien vigilando que los proyectos tuviesen un marchamo mínimo de calidad, que minimizase los riesgos para la población y que si estos riesgos se consumaban, hubiese unos mecanismos compensatorios para resarcir a los damnificados de los daños causados. Esta misión fue encargada a los colegios profesionales y de ahí arrancó el desarrollo y la expansión de los mismos.

Aparte de esa misión de velar por la buena praxis proyectual, tienen como misión pública el control de la profesión de ingeniero como profesión regulada por el Estado, ya que para ejercer la profesión de ingeniero es obligatoria la colegiación. Otros países tienen otros mecanismos con nombres distintos que regulan las profesiones. Pocos países inteligentes dejan el ejercicio de determinadas profesiones al libre albedrío del mercado y a la ‘prostitución’ profesional que ello llevaría la falta de control sobre todo en unas profesiones en las que hay vidas humanas en juego. Nuestro colegio, a la largo de su vida, ha tenido que denunciar, en multitud de ocasiones, casos ganados en los tribunales de intrusismo profesional, de falsificación del título de ingeniero industrial y del ejercicio de la profesión de ingeniero industrial sin tener la titulación correspondiente.

En el caso de la Ingeniería, solamente las nueve ramas de la Ingeniería superior tradicional (y otras tantas de las ingenierías técnicas correspondientes) tienen atribuciones profesionales específicas derivadas de legislaciones consolidadas a lo largo de los años. Con la aparición de los graduados y los másteres, no se han generado atribuciones nuevas sino que se han asociado titulaciones a las atribuciones existentes hasta el momento. Así, por ejemplo, el graduado en Ingeniería mecánica tendrá las atribuciones del ingeniero técnico industrial de la especialidad mecánica; el máster en Ingeniería industrial tendrá las atribuciones profesionales plenas del ingeniero industrial Pre-Bolonia, y así sucesivamente. Esta regulación y control de la profesión también recae en los colegios profesionales actuales.

Pero quizás una de las principales labores que hacen los colegios es la del aseguramiento de la responsabilidad civil profesional de los ingenieros mediante la negociación y contratación de pólizas colectivas que hacen que cualquier ingeniero pueda ejercer su profesión sabiendo que ante cualquier reclamación

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